La Ley 18795 promueve la inversión privada en viviendas de interés social a partir del otorgamiento de exoneraciones tributarias. Esta ley se enmarca en un programa más amplio cuyo objetivo es facilitar el acceso a viviendas a sectores de ingreso medio y medio bajo, a través de la compra o el alquiler. Este programa incluye además una serie de beneficios para los inversores privados (exoneraciones tributarias) y la creación de un nuevo Fondo de Garantía para Desarrollos Inmobiliarios (FOGADI).

 

Beneficios para los compradores finales:

  1. Precios: La ley logra precios mas accesibles para los compradores (por zonas, por beneficios tributarios, exoneración de IVA, etc.).
  2. Financiación: Se establece la posibilidad de acceder a las unidades financiando hasta un 80% en UI con BHU, Santander, ITAU y Comercial.
  3. Tributarios: Exoneración del ITP (2% del Valor Real) para la primer enajenación.

 

Beneficio para los Inversores:

A los beneficios anteriormente descritos, se le suman:

  1. Tributarios I: Exoneración por el plazo de 10 años del IRPF (12%) o IRAE según el caso, por la renta generada con el arrendamiento de la unidad.
  2. Tributarios II: Exoneración del Impuesto al Patrimonio por un plazo de 10 años.
  3. Rentabilidad: Rentabilidades mas atractivas por tratarse de zonas donde la relación inversión, precio de alquiler y demanda es mejor.

No dude en consultarnos, contamos con variadas opciones dentro de la Ley.