Uruguay dispone de varios incentivos que se adaptan a distintos tipos de actividades, tanto industriales como comerciales o de servicios que quieran realizarse en el país. Dentro de los principales regímenes de incentivos disponibles se encuentran los previstos por la Ley de Inversiones, las zonas francas, el régimen de puerto y aeropuerto libre, los contratos de participación público-privada, los parques industriales y la admisión temporaria.

 

Ley 16.906 de Promoción y Protección de Inversiones

Dicha norma faculta al Poder Ejecutivo (artículo 11) a otorgar beneficios fiscales, en un régimen discrecional que puede llegar a la exoneración total de tributos. Pueden acceder a dichos beneficios aquellas empresas cuyos proyectos de inversión o la actividad del sector en que desarrollan su giro, sean declarados promovidos por el Poder Ejecutivo.
Para ello, la empresa debe presentar su proyecto de inversión, cumpliendo con al menos uno de los objetivos dispuestos por la normativa vigente, ante la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) solicitando la declaración promocional.
La COMAP estudia los proyectos, los evalúa técnicamente según una matriz de indicadores para determinar los beneficios a otorgar, y eleva al Poder Ejecutivo las recomendaciones pertinentes.

Solo a modo informativo les dejamos algunos beneficios tributarios establecidos por esta ley:

  • IRAE: el monto de la inversión elegible para la promoción se deducirá directamente del IRAE a pagar y no de la renta gravada por dicho impuesto.
  • Impuesto al patrimonio: Bienes muebles que integran la inversión fija del proyecto, durante toda su vida útil Obras Civiles: 8 años en Montevideo y 10 años en el interior del país.
  • Tasas y tributos a la importación: Se mantiene la exoneración de los gravámenes a la importación, incluido el IVA, cuando se trate de bienes de capital declarados no competitivos con la industria nacional
  • IVA: Se prevé la devolución del impuesto, aplicando el régimen vigente para los exportadores, para las compras en plaza de materiales y servicios que estén destinados a la construcción de obras civiles.
  • Honorarios y salarios en desarrollo tecnológico: Se autoriza a computar por una vez y media, a los efectos de la liquidación del IRAE.

 

Beneficios Fiscales vinculados a la RSE

Otro de los aspectos interesantes dentro de esta norma, son los beneficios tributarios tendientes a hacer un uso responsable de los recursos naturales.

Implica la aplicación continua de una estrategia económica, ambiental y tecnológica integrada a los procesos y productos, con la finalidad de mejorar la eficiencia en el uso de materias primas, agua y energía por medio de la no generación, minimización o reciclaje de residuos generados en el proceso productivo (Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial – Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente).

Por cada 10% de la inversión total destinado a Producción mas Limpia se le otorgará 1 punto en la matriz de indicadores, hasta un máximo de 10 puntos en cuyo caso estaremos en presencia de un proyecto aplicado 100% al cuidado del medio ambiente.
Las exoneraciones para el IRAE van desde el 51% del monto invertido con una vigencia de 3 años en caso de generar 1 punto, hasta una exoneración del 60% del monto invertido con una vigencia de 5 años en caso de generar 10 puntos.

 

Por mayor información el Estado a puesto a disposición la Guía del Inversor, a la cual pueden acceder ingresando a www.uruguayxxi.gub.uy